La Junta de Andalucía aprobó desde el martes 7 de diciembre y hasta el próximo 15 de enero, el uso obligatorio del certificado Covid oficial para acceder a hospitales y residencias.
De acuerdo con lo establecido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en un boletín oficial extraordinario, «se ratifica la Orden por la que se establece la medida preventiva de salud pública relativa al Certificado Covid-19 o prueba diagnóstica para el acceso», y será efectiva para “las personas mayores de 12 años, visitantes y acompañantes de pacientes hospitalizados en centros sanitarios con internamiento o de personas residentes en centros sociosanitarios residenciales, tanto de titularidad pública o privada”.
El certificado debe cumplir con alguna de las siguientes pautas: que se tenga el esquema completo de vacunación, que tengan una prueba diagnóstico negativa que no exceda las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos, o que se hayan recuperado de la Covid-19 en los últimos seis meses.
Lo que sí especifica la TSJA es que la exigencia de pasaporte Covid «no será aplicable para el acceso de las personas acompañantes de pacientes en el ámbito de las consultas hospitalarias o el servicio de urgencias hospitalarias”. El pasaporte Covid se pedirá en las residencias y hospitales andaluces, pero no se descarta por parte de la Junta de Andalucía que se haga extensivo a otros sectores, como el ocio nocturno.
El documento emitido añade que cuando el lector QR certifique que es válido se presentará un ok con los datos del titular; mientras que si no es válido, se presentará un círculo rojo con un aspa en el centro. Lo que sí, es que esta medida no aplicará para los acompañantes
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