23 de noviembre de 2024

Primer día con mascarillas «obligatorias»

FOTO: Antonio L. Juárez/Photographers Media

El 21 de mayo de 2020 es el primer día en el que, obligatoriamente, las mascarillas son obligatorias por orden del Gobierno Central. Por primera vez desde que comenzara la crisis del coronavirus, el ciudadano tendrá la obligación de protegerse y proteger a los demás.

Para mayores de seis años el uso de mascarillas es obligatorio. Es una medida indicada por el Ministerio de Sanidad y Salvador Illa que vincula esta decisión obligatoria a los riegos que entraña la desescalada en España. Es una medida «de precaución», que se ajusta a la situación actual, comentaba Illa.

Recogidos en la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 quedan Estado quedan los parámetros y obligaciones a seguir.

La orden «tiene por objeto regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población». Y recoge que «se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca».

Y cómo saber qué sujetos deben llevarla. Pues bien, así lo recoge:

1. Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el artículo 3 las personas de seis años en adelante.

2. La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Y el uso de la mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público. Eso sí, se especifica «siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros».

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