
Foto: Junta de Andalucía
A las 00.00 horas de este lunes 20 de diciembre, ha entrado en vigor el pasaporte Covid en los locales de ocio y hostelería de Andalucía. Dichos establecimientos están obligados a exigir el Pasaporte Covid-19 o una prueba diagnóstica, antígenos o PCR, para poder autorizar a los usuarios el acceso al interior. A su vez, los responsables de los locales tendrán que informar a sus clientes antes de que accedan.
La norma establece que las personas mayores de 12 años podrán acceder al espacio interior de los establecimientos de hostelería y de ocio cuando acrediten la concurrencia de cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Que recibieron la pauta completa de una vacuna contra la Covid-19.
- Que disponen de una prueba diagnóstica negativa realizada en las últimas 72 horas, en el caso de las PCR, y 48 horas, en el caso de los test de antígenos; o las personas que se recuperaron de una infección por el SARS-CoV-2 en los últimos 6 meses.
Para preservar la privacidad de las personas, tanto el pasaporte Covid como el documento de identidad y el de las pruebas diagnósticas solamente pueden ser solicitados a los efectos de su mera comprobación o verificación, por lo que los locales no podrán retener esos datos de carácter personal sanitario ni tener ficheros con ellos.
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