21 de abril de 2025

Granada amanece en la Fase I con estas modificaciones en el BOE sobre lo que puedes hacer

FOTO: Photographers Media.

Dos meses han tenido que pasar para ver las imĂ¡genes de granadinos en una terraza. Eso son sesenta y cuatro dĂ­as confinados en casa esperando poder ver la luz, aparte de paseos y deporte al aire libre. Es lunes, el dĂ­a en el que Granada tiene que empezar a consumir, como manifestaba Luis Salvador el pasado domingo. Y Granada ha hecho caso.

Eso sĂ­, son pocos los bares y restaurantes que van a abrir en los prĂ³ximos dĂ­as. Se calcula que solo un porcentaje que no llega al 10% abrirĂ¡n sus puertas. Es una de las cosas que, entrados en esta Fase I, se pueden hacer. Y otras tantas tras la modificaciĂ³n de la orden publicada este mismo 18 de mayo.

En el caso de los establecimientos de hostelerĂ­a y restauraciĂ³n se pueden abrir para consumo en el local, siempre que no superen el 40% de su aforo. Pero no las discotecas y bares de ocio nocturno Y respecto al cĂ³mo, el consumo dentro del local Ăºnicamente podrĂ¡ realizarse sentado en mesa o reagrupaciones de mesas y, preferentemente, mediante reserva previa. No se admitirĂ¡ el autoservicio en barra por parte del cliente.

El servicio en las terrazas al aire libre se mantiene conforme a la orden de aplicaciĂ³n de la fase 1, es decir manteniendo la distancia mĂ­nima de dos metros. Algo que ya sĂ­ se puede hacer es que se podrĂ¡ circular por la provincia, siempre y cuando no se perjudique a nadie.

A pescar todo el mundo

En esta fase 1 se permite la caza y la pesca deportiva y recreativa siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevenciĂ³n.

Piscinas recreativas y playas

Las piscinas recreativas se podrĂ¡n abrir al pĂºblico con cita previa pero limitando el aforo a un mĂ¡ximo del 30%. Eso o el que permita cumplir con la distancia de seguridad. SerĂ¡ importante ordenar la presencia por turnos.

En las playas, los bañistas deberĂ¡n hacer un uso responsable cumpliendo con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias, pero seguirĂ¡n sin poder bañarse. Se permite la prĂ¡ctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto fĂ­sico y sin perjuicio para nadie.

Rebajas sĂ­, pero sin aglomeraciones

Otra de las modificaciones que se han realizado en el BOE es la de permitir las rebajas, pero cuidando las aglomeraciones. AsĂ­ se recoge en la disposiciĂ³n adicional segunda de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, en la que se autoriza las acciones comerciales o de promociĂ³n que lleven a cabo los establecimientos comerciales en los territorios que hayan entrado en la fase 1. Eso sĂ­, siempre que vayan acompañadas de medidas destinadas a asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan el mantenimiento de la distancia de seguridad.

Comercio

Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades profesionales pueden reabrir al pĂºblico con independencia de su superficie Ăºtil de exposiciĂ³n y venta, siempre que se reduzca al 40% el aforo en cada una de las plantas de las que conste y que garantice una distancia mĂ­nima de dos metros entre clientes.

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