El consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo, ha informado que la nueva Ley de Policías Locales recogerá que todos los cuerpos de policía local cuenten con un mínimo de cinco efectivos, además de que todos los municipios de más de 5.000 habitantes dispongan de cuerpo policial propio.
Durante una visita a la Jefatura Provincial de Málaga, Bendodo ha avanzado que la intención del Gobierno andaluz es que el texto pueda llegar al Consejo de Gobierno durante este próximo mes de abril.
El consejero ha explicado que la futura ley quiere dar respuesta a las necesidades actuales de los diferentes cuerpos de la policía local en el territorio andaluz. Además, ha destacado que su aprobación «es muy necesaria, ya que el anterior texto se había quedado obsoleto» tras 20 años en vigor.
La nueva ley incorporará procedimientos y medios técnicos homologados que se adaptan al progreso tecnológico y que permitirán una mejor respuesta en las funciones de los cuerpos.
Con el nuevo texto normativo, se pretende la protección de los municipios más pequeños y, por tanto, con una mayor vulnerabilidad. Así, se habilita la opción de asociaciones entre estos municipios con el fin de garantizar la seguridad pública.
Acceso al cuerpo
Respecto a la organización de las pruebas selectivas de ingreso en el cuerpo, la ley promueve la convocatoria unificada por parte de la Junta de Andalucía con el fin de facilitar a los ayuntamientos este tipo de procesos y establecer mayores garantías en la colocación de efectivos.
Entre otras novedades, la norma contempla la opción de asociación entre municipios limítrofes que no dispongan de recursos suficientes por sí solos para prestar servicios de policía local. Esta asociación serviría para conformar un cuerpo con cinco miembros, así como evitar, en la medida de lo posible, las patrullas unipersonales, circunstancia que también se podría cumplir en colaboración con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El texto también establece una correlación de categorías proporcional y adecuada para una mejor prestación del servicio público y simplifica la escala ejecutiva de una manera eficiente.
Por otro lado, introduce que los ayuntamientos dispongan de lugares adecuados para custodiar el armamento asignado, criterios mínimos de proporcionalidad entre las diferentes categorías y se regula un nuevo procedimiento para la cobertura del puesto de Jefe del Cuerpo.
La ley incluye medidas para el fomento de la igualdad de género en los cuerpos de la policía local y contempla que durante el periodo de lactancia natural se facilite la segunda actividad por riesgo con el 100% de sus retribuciones.
También modifica los requisitos para la movilidad entre cuerpos de policía local, con el propósito de evitar ciertas prácticas abusivas y las permutas y comisiones de servicio. Por otro lado, se regula la figura del vigilante municipal, con el objetivo de diferenciar sus funciones ámbito de actuación y régimen estatuario respecto a la del policía local.
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