Esta pregunta me recuerda al juego del monopoly, donde “la banca siempre gana”, porque siempre tenemos que estar dados de alta, y mucho cuidado, la Seguridad Social presume que todo administrador tiene funciones de gerencia o dirección, y por tanto, el encuadre en su alta puede perjudicarte si no tienes el porcentaje de capital social necesario para ser autónomo administrador, porque, ¿me interesaría más darme de alta como autónomo administrador? Económicamente, sí. El coste de un autónomo administrador ronda los 320,00.-€, y si eres beneficiario de la tarifa plana, son 60,00.-€. En cambio, un alta en régimen general puede rondar más de 500,00.-€. Mucha diferencia, ¿verdad?
¿Qué tipos de alta existen siendo administrador o socio de una sociedad?
Hay tres tipos de alta:
• Alta en régimen general.
• Alta en régimen general asimilado (no tengo derecho a desempleo).
• Alta como autónomo administrador.
¿Cómo sé cuál me corresponde?
Para estar dado de alta en régimen general puedes ser socio de la sociedad o no serlo, y no puedes tener funciones de gerencia o dirección y tener menos del 33% de participaciones o acciones del capital social.
En el caso de régimen general asimilado, tienes que ser socio de la sociedad y tienes que tener funciones de gerencia o dirección, y un porcentaje inferior al 25% del capital social.
Para darte de alta como autónomo no solo depende del porcentaje que tengas de participaciones y de las funciones de gerencia o dirección, sino también de si eres familiar del socio mayoritario.
¿Y quién puede darse de alta como autónomo administrador?
Cuando solamente eres socio de una sociedad mercantil, y no eres miembro del órgano de administración, estás obligado a darte de alta si trabajas para la sociedad, puedes realizar funciones de gerencia o dirección, o simplemente ejerces las funciones propias de la actividad de la sociedad (programador, ingeniero, mecánico, etc). En base a qué tipo de funciones ejerzas, el alta en seguridad social seá diferente.
En el caso que no trabajes en la sociedad y no eres administrador, solo eres socio capitalista, no estás obligado a darte de alta en ninguna modalidad de la seguridad social.
¿Eres administrador o socio de una sociedad mercantil? ¿No sabes si estás obligado a darte de alta?
Si necesitas ampliar información, recuerda que puedes contactar conmigo en carlosoya@oyaabogados.com o en www.linkedin.com/in/carlosoya.
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