La restricción de movilidad aprobada por la Junta de Andalucía ya está en marcha. A raíz de la aprobación del estado de alarma por parte del Gobierno central, el cierre perimetral de Granada capital, así como de toda su área metropolitana, ya está activo desde las 08:00 horas de este lunes 26 de octubre.
Los ciudadanos de las poblaciones afectadas no podrán salir de sus fronteras durante los próximos quince días. Los municipios metropolitanos sobre los que impera la restricción son Albolote, Alfacar, Alhendín, Armilla, Atarfe, Cájar, Cenes de la Vega, Cijuela, Cúllar-Vega, Chauchina, Churriana de la Vega, Dílar, Fuente Vaqueros, Gójar, Güevéjar, Huétor-Vega, Jun, Láchar, Maracena, Monachil, Ogíjares, Otura, Peligros, Pinos-Genil, Pinos-Puente, Pulianas, Santa Fe, Víznar, La Zubia, Las Gabias, Vegas del Genil y Valderrubio, además de la capital granadina.
De este modo, un habitante de Granada capital no podrá desplazarse hasta alguno de los territorios citados y viceversa. Tampoco podrá acceder a algún territorio no mencionado en la lista. Por ejemplo, un alboloteño tendrá prohibido ir hasta Motril, Pampaneira o La Puebla de Don Fadrique. Lo mismo ocurre con los ciudadanos de poblaciones libres de restricciones, que no podrán entrar en territorios afectados.
Excepciones
Sin embargo, existen situaciones excepcionales por las que se permitirá no respetar el cierre perimetral. Por ejemplo, asistencia a centros médicos u hospitalarios, trabajar, asistencia a centros educativos, retorno a la residencia habitual, asistencia a personas mayores, dependientes, menores, discapacitados o personas vulnerables.
También son excepciones la asistencia a centros o servicios financieros y de seguros, actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales, renovaciones de permisos, documentación oficial u otros trámites inaplazables, realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables o causas de fuerza mayor.
A la hora de asistir al entorno laboral, se recomienda llevar consigo una copia de tu alta en la Seguridad Social o del contrato para justificar el desplazamiento. En el caso de autónomos, el alta en Hacienda o el alta de autónomo.
Toque de queda nocturno
La restricción de movilidad nocturna en Andalucía se encuentra activa desde el pasado domingo 25 de octubre. Así, la ciudadanía residente en la comunidad no podrá habitar las calles en el horario comprendido entre las 23:00 horas y las 06:00 horas. Durante este espacio de tiempo, se deberá permanecer en el hogar.
Cualquiera de las situaciones excepcionales anteriormente mencionadas eximirán del cumplimiento de tal restricción. Al igual que el cierre perimetral, estas medidas pretenden combatir el avance de la pandemia en la provincia de Granada y en Andalucía.
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