La Junta de Andalucía refuerza las medidas de vigilancia para impedir el acceso a los locales de juego y apuestas de los menores de edad y de las personas con problemas de adicción. A través de la imposición de un control de admisión presencial antes de entrar al local y el endurecimiento de sanciones. A la vez que impulsa iniciativas de prevención y protección a los colectivos más vulnerables mediante la prohibición de publicidad exterior. Además, el establecimiento mantendrá una distancia mínima de 150 metros respecto de colegios e institutos para los salones de nueva apertura.
El Gobierno andaluz es la única administración competente en materia de juego presencial en la comunidad autónoma. Este estatuto recoge medidas reglamentarias para dotar de mayor eficacia este tipo de establecimientos bajo el principio de tolerancia cero a la entrada de menores. Incluyendo a las personas que estén inscritas en el Registro de Control e Interdicciones de Acceso en locales de juego y apuestas.
En este sentido, obliga a la instalación de controles de admisión en el acceso al establecimiento que deben estar supervisados por un trabajador del local. De modo que se impida la entrada a menores y a cualquier persona que lo tenga prohibido. Además, se eliminan por tanto las zonas que hasta ahora eran de libre acceso.
Asimismo, se establece para los nuevos salones de juego una distancia mínima de 150 metros de centros de enseñanza reglada no universitaria. Se viene a sumar a los 100 metros de distancia mínima que deben mediar entre dos salones de juego y que ya existía con anterioridad.
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