La solicitud podrá realizarse hasta el día 30 de mayo de forma telemática en la web de Correos o presencialmente en cualquier oficina postal
Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones al Parlamento Europeo que se celebrarán en España el domingo, 9 de junio de 2024, de acuerdo con la convocatoria publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 30 de mayo (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.
Solicitud de voto por correo telemática
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud de voto en oficinas
La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el original del DNI, pasaporte, carnet de conducir o Tarjeta de Residencia (en el caso de los ciudadanos de la Unión Europea que la posean).
Simultaneidad de procesos electorales
Dado que entre los días 16 de abril y 2 de mayo coincidirán abiertos los plazos de solicitud de voto por correo para las elecciones al Parlamento de Cataluña y las elecciones al Parlamento Europeo, la Junta Electoral Central ha acordado medidas para distinguir las solicitudes de ambos procesos.
Para ello, las solicitudes de voto por correo para las elecciones europeas que vayan dirigidas a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña (Barcelona, Tarragona, Lérida/Lleida o Gerona/Girona) deberán llevar adherida la etiqueta identificativa “Parlamento Europeo”. En caso de no disponer de etiquetas, el personal de la oficina de Correos indicará al elector que escriba a mano el proceso para el que solicita el voto por correo tanto en el impreso de solicitud como en el sobre de envío.
De igual modo, a todos los electores que soliciten el voto por correo al Parlamento de Cataluña, se les facilitará la etiqueta “Parlament de Catalunya” para que la adhieran en la zona superior del impreso de solicitud de voto y en el sobre. Si no se dispone de etiquetas, se indicará al solicitante que indique con claridad a mano “Parlamento de Cataluña” o “Parlament de Catalunya”, tanto en la cabecera del impreso de solicitud como en el sobre.
De este modo, las solicitudes de voto por correo dirigidas a las cuatro Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Cataluña siempre irán diferenciadas con las etiquetas identificativas o la indicación escrita a mano de a qué proceso electoral corresponden.
Solicitudes
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 20 de mayo de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo para las elecciones al Parlamento Europeo finalizará el 5 de junio de 2024.
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